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Corrientes
19 marzo 2024

Corrientes: pidieron 15 años de prisión para el ex juez Soto Dávila

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Esta acusado de  beneficiar a personas investigadas por narcotrafico a cambio de dádivas.

Los representantes del MPF solicitaron la inhabilitación absoluta y especial perpetua y una multa de 75 mil pesos. El exmagistrado se encuentra acusado de liderar la organización criminal que beneficiaba a narcotraficantes, integrada por sus dos secretarios penales -para quienes pidieron 12 años y 9 años y seis meses de prisión- y un grupo de abogados también acusados en este juicio, para quienes requirieron penas de hasta 8 años de prisión.

El fiscal general ante el Tribunal Oral Federal de Corrientes, Carlos Schaefer, solicitó la imposición de penas de 15 de prisión y de inhabilitación absoluta y especial perpetua para el exjuez federal de esa ciudad Carlos Soto Dávila, acusado de beneficiar a personas investigadas por narcotráfico a cambio de dádivas. La fiscalía además requirió que se lo condene al pago de una multa de 75 mil pesos.

Schaefer consideró que a lo largo del debate quedó acreditado que Soto Dávila cometió el delito de asociación ilícita, en calidad de jefe, en concurso real con cohecho pasivo agravado, en calidad de autor, reiterado en ocho oportunidades que concurren materialmente entre sí, el cual concurre a su vez en forma ideal con el de prevaricato, en calidad de autor, reiterado en nueve oportunidades.

En el final de un alegato que abarcó dos jornadas -la primera, el lunes pasado, se extendió desde la mañana hasta la tarde-, el representante del MPF requirió también la imposición de penas de 12 y 9 años y 6 meses de prisión para Pablo Carlos Molina y Federico Alberto Grau, dos funcionarios del juzgado federal por entonces a cargo de Soto Dávila, la inhabilitación absoluta y especial perpetua y el pago de una multa de 65 mil y 50 mil pesos, respectivamente. Consideró que Molina y Grau son responsables del delito de asociación ilícita, en carácter de miembros de la organización, en concurso real con cohecho pasivo agravado, en calidad de partícipes necesarios, reiterado en cinco oportunidades que concurren materialmente entre sí. En el caso de Molina, en concurso ideal con el de prevaricato, como partícipe necesario, reiterado en seis oportunidades, mientras que en el de Grau con una reiteración del delito en tres ocasiones.

Por otra parte, solicitó penas de 8, 7 y 5 años de prisión para los abogados Duylio Horacio Barboza Galeano, Gregorio Humberto Giménez y Tomás Alfredo Viglione, respectivamente, y  la inhabilitación absoluta y especial perpetua para los tres, por considerarlos responsables de los delitos de asociación ilícita, en calidad de miembros de la organización, en concurso real con el delito de cohecho activo agravado, reiterado en cuatro oportunidades que concurren materialmente entre sí, en calidad de coautores.

Finalmente, solicitó la pena de 2 años y 5 meses de prisión efectiva para el abogado Juan Manuel Faraone, por considerarlo penalmente responsable del delito de cohecho activo agravado.

Por otro lado, el fiscal solicitó el decomiso y puesta a disposición de las autoridades respectivas de los efectos secuestrados en el marco de la causa. A su vez, hizo saber que se realizará una revisión de la prueba producida en el debate para evaluar la pertinencia de iniciar las investigaciones que correspondan respecto de la intervención de funcionarios públicos que prestaron, para la fecha de estos hechos, labores en el Centro de Reunión de Información “Corrientes” de la Gendarmería Nacional.

El fiscal finalmente solicitó que se homologuen los acuerdos de juicio abreviados suscriptos respecto de otras personas acusadas de conformar una organización criminal dedicada a cometer diferentes delitos contra la administración de justicia para garantizarle la impunidad a personas vinculadas con maniobras de tráfico ilícito de estupefacientes. De acuerdo con la acusación fiscal, los principales beneficiarios de esas maniobras -pero no los únicos-  fueron los miembros de una banda de narcotraficantes que funcionaba en la ciudad correntina de Itatí y que resultaron condenados en 2021.

Según explicó la fiscalía, en distintas causas que tramitaban ante el Juzgado Federal N° 1 de Corrientes se habrían concretado diversas negociaciones y presentaciones por escrito para que, a cambio de la entrega de dinero o del ofrecimiento de beneficios, se dictaran resoluciones, se omitieran o bien se demoraran fallos que debían dictarse, con la finalidad de beneficiar a personas investigadas por narcotráfico. Esto ocurría mediante el dictado de órdenes de libertad, resoluciones de falta de mérito o exenciones de prisión. En otros casos, incluso se reprochaban participaciones menores a quienes en realidad eran quienes dirigían las actividades de narcotráfico.

Este juicio comenzó el 21 de junio de 2022 y a lo largo de las audiencias declararon más de 60 testigos. Junto al fiscal Schaefer interviene la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), a cargo del fiscal federal Diego Iglesias y el auxiliar fiscal de esa oficina Martín Uriona. El tribunal está compuesto por los jueces Juan Manuel Iglesias (Chaco), Rubén David Oscar Quiñones (Formosa) y Manuel Alberto Jesús Moreira (Misiones), dada la excusación de los integrantes originales del tribunal por su relación con los exfuncionarios acusados en juicio.

Tras la exposición de la fiscalía, la audiencia del viernes continuó hoy con los alegatos de la defensa. 

“Quiénes saben buscar pruebas, saben cómo evitar dejarlas”

El alegato del MPF se realizó a lo largo de dos audiencias -el lunes fue la primera y hoy la segunda- y estuvo dividido en tres etapas. En primer lugar expuso el fiscal Iglesias, quien desarrolló los antecedentes que sirvieron de base para la investigación que se llevó adelante en esta causa. “Por las evidencias recogidas en este debate y las demás que fueran incorporadas por lectura, el MPF tiene por probado los hechos objeto de este proceso descriptos en los requerimientos de elevación a juicio”, afirmó.

Iglesias resaltó que la prueba en este tipo de delitos “recorre un arduo camino” debido a la escasa probabilidad de contar con elementos probatorios directos que demuestren su existencia, ya que quienes los cometen hacen todo lo que está a su alcance para que no sean conocidos, advertidos ni investigados. “Ello adquiere mayor relevancia cuando los hechos objeto de este juicio fueron cometidos en el marco de actuación de un juzgado federal, por sus máximas autoridades, quienes tienen específicos conocimientos como para ocultar los rastros de su ilícita conducta. Quiénes saben buscar pruebas, saben cómo evitar dejarlas”, señaló.

Luego, Iglesias hizo hincapié en la importancia de no segmentar la prueba. “Los hechos deben ser apreciados en su integridad, observándose el cuadro completo. No la foto sino la película completa”, puntualizó Iglesias.

El fiscal recordó que a los acusados se les imputa haber formado parte de una asociación ilícita que tenía como finalidad principal la de brindar cobertura judicial para el desarrollo de las actividades de la organización narcocriminal liderada por Federico Sebastián Marín y Carlos Bareiro, e integrada por más de 56 personas. “Esa connivencia del entonces juez federal, Soto Dávila, y sus dos secretarios, Grau y Molina, consistió en evitar avanzar en las investigaciones a su cargo vinculadas a operaciones de esa organización criminal de modo tal de no comprometer judicialmente a sus lideres (Marín y Bareiro), como también mejorar la situación procesal de aquellos miembros que por el accionar preventivo de las agencias de seguridad fueran apresados, otorgando libertades contrarias a derecho”, señaló.

“Como intermediarios entre los narcocriminales y el juez y sus dos secretarios penales, actuaron los abogados Duylio Horacio Barboza Galeano, Gregorio Humberto Giménez y Tomás Alfredo Viglione, Jorge Ricardo Vallejos y Omar Antonio Serial, quienes de manera coordinada y alternada fueron interviniendo en las causas y negociaron los términos de los acuerdos ilícitos. Finalmente, también intervino Juan Manuel Faraone aprovechando su relación personal con el juez y el propio Marín”, detalló Iglesias.

En ese marco, recordó que varios de los nombrados no forman parte de este debate ya que llegaron a un acuerdo de juicio abreviado.

“Lo que se probó en esta causa es justamente la existencia de un grupo de personas con objetivos comunes, división del trabajo, estructura y permanencia, códigos de conducta comunes, sistema de toma de decisiones, relaciones entre ellos y hacia el mundo exterior; ejecutando planes delictivos para viabilizar y encubrir los negocios espurios de Bareiro y el resto de los miembros de la organización narcocriminal”, aseguró el fiscal.

Iglesias insistió en la necesidad de no perder de vista que en el debate se está juzgando a un exjuez federal y a sus dos exsecretarios penales por cobrar dádivas, de forma sistemática, pagadas por grupos narcocriminales “para asegurarles a éstos impunidad”.

“Esto lo hicieron de forma constante durante al menos durante siete años. Esto no es una exención de prisión mal otorgada o una conexidad no declarada. Esto es el cobro sistemático de sobornos a narcos para garantizar ese negocio millonario”, añadió.

El representante del MPF aseguró que el funcionamiento ininterrumpido de esta organización narcocriminal asentada en Itatí, que tomó control absoluto de ese pueblo, introdujo al menos 20 toneladas de estupefacientes al país, sin sufrir mayores inconvenientes por estas maniobras.

Luego, resaltó que es “fundamental” entender que este entramado delictivo se pudo develar a partir de la conjunción de los elementos de prueba existentes en, al menos, 35 procesos seguidos contra distintos integrantes de la organización narcocriminal. “Juntar esos procesos, hacer un análisis integral de las pruebas colectadas y la firme decisión judicial de profundizar la investigación para abarcar los distintos eslabones de la organización criminal, incluido aquellos vinculados a la corrupción policial, del ejecutivo municipal e, incluso, del judicial, permitió llegar a este debate”, detalló.

Iglesias destacó que las diversas investigaciones judiciales que existían sobre este grupo criminal y que tramitaban ante el Juzgado Federal N°1 de Corrientes no tenían avances significativos. “Era de dominio público que Itatí era un enclave estratégico de bandas que se dedicaban al contrabando de estupefacientes desde Paraguay”, sostuvo.

El fiscal recordó que a los acusados se les imputa haber formado parte de una asociación ilícita que tenía como finalidad principal la de brindar cobertura judicial para el desarrollo de las actividades de la organización narcocriminal liderada por Federico Sebastián Marín y Carlos Bareiro, e integrada por más de 56 personas. “Esa connivencia del entonces juez federal, Soto Dávila, y sus dos secretarios, Grau y Molina, consistió en evitar avanzar en las investigaciones a su cargo vinculadas a operaciones de esa organización criminal de modo tal de no comprometer judicialmente a sus lideres (Marín y Bareiro), como también mejorar la situación procesal de aquellos miembros que por el accionar preventivo de las agencias de seguridad fueran apresados, otorgando libertades contrarias a derecho”, señaló.

“Como intermediarios entre los narcocriminales y el juez y sus dos secretarios penales, actuaron los abogados Duylio Horacio Barboza Galeano, Gregorio Humberto Giménez y Tomás Alfredo Viglione, Jorge Ricardo Vallejos y Omar Antonio Serial, quienes de manera coordinada y alternada fueron interviniendo en las causas y negociaron los términos de los acuerdos ilícitos. Finalmente, también intervino Juan Manuel Faraone aprovechando su relación personal con el juez y el propio Marín”, detalló Iglesias.

En ese marco, recordó que varios de los nombrados no forman parte de este debate ya que llegaron a un acuerdo de juicio abreviado.

“Lo que se probó en esta causa es justamente la existencia de un grupo de personas con objetivos comunes, división del trabajo, estructura y permanencia, códigos de conducta comunes, sistema de toma de decisiones, relaciones entre ellos y hacia el mundo exterior; ejecutando planes delictivos para viabilizar y encubrir los negocios espurios de Bareiro y el resto de los miembros de la organización narcocriminal”, aseguró el fiscal.

Iglesias insistió en la necesidad de no perder de vista que en el debate se está juzgando a un exjuez federal y a sus dos exsecretarios penales por cobrar dádivas, de forma sistemática, pagadas por grupos narcocriminales “para asegurarles a éstos impunidad”.

“Esto lo hicieron de forma constante durante al menos durante siete años. Esto no es una exención de prisión mal otorgada o una conexidad no declarada. Esto es el cobro sistemático de sobornos a narcos para garantizar ese negocio millonario”, añadió.

El representante del MPF aseguró que el funcionamiento ininterrumpido de esta organización narcocriminal asentada en Itatí, que tomó control absoluto de ese pueblo, introdujo al menos 20 toneladas de estupefacientes al país, sin sufrir mayores inconvenientes por estas maniobras.

Luego, resaltó que es “fundamental” entender que este entramado delictivo se pudo develar a partir de la conjunción de los elementos de prueba existentes en, al menos, 35 procesos seguidos contra distintos integrantes de la organización narcocriminal. “Juntar esos procesos, hacer un análisis integral de las pruebas colectadas y la firme decisión judicial de profundizar la investigación para abarcar los distintos eslabones de la organización criminal, incluido aquellos vinculados a la corrupción policial, del ejecutivo municipal e, incluso, del judicial, permitió llegar a este debate”, detalló.

Iglesias destacó que las diversas investigaciones judiciales que existían sobre este grupo criminal y que tramitaban ante el Juzgado Federal N°1 de Corrientes no tenían avances significativos. “Era de dominio público que Itatí era un enclave estratégico de bandas que se dedicaban al contrabando de estupefacientes desde Paraguay”, sostuvo.

“Las causas que estaban bajo su jurisdicción no avanzaban, no se profundizaban, sino que por el contrario se paralizaban. Lo mismo ocurría con aquellas causas que provenían de otras jurisdicciones federales aledañas (…)Y eso no fue por negligencia, o por falta de capacitación o cúmulo de trabajo, sino porque tenían otro interés, un interés económico”, aseguró.

En esa línea, el fiscal afirmó que, en este debate, esos funcionarios “se escudaron” en la carga de trabajo, la imposibilidad de analizar toda la información, la ausencia de capacitaciones y demás excusas: “Lo que no explicaron es por qué, cuando este MPF hizo ese trabajo, lo desecharon sin el más mínimo análisis. La ecuación es simple: si hacían lugar a las acumulaciones de los procesos y detenciones pedidas iba a pasar lo que finalmente ocurrió: que se descubriera la real dimensión de esa organización y la corrupción asociada que lo posibilitó”.

Además, el fiscal puso de relieve cómo la mayoría de la prueba con la que se terminó condenando a los integrantes de esa organización narcocriminal es aquella con la que se contaba en las distintas causas en trámite ante el Juzgado Federal N° 1. “Lo mismo ocurre en relación a este juicio: muchos de los elementos de cargo se obtuvieron de esas causas”, aseguró.

Para relatar estos hechos, los representantes del MPF utilizaron una línea de tiempo desde el 31 de mayo de 2016, momento en que los fiscales solicitaron la colaboración de la PROCUNAR. De esta forma, relató, analizaron 30 expedientes a lo largo de siete años. “Realizamos un trabajo exhaustivo. Estábamos convencidos de que había un grave problema en Itatí y que este problema tenía que abordarse de forma integral y estratégica”, indicó.

El fiscal explicó que a lo largo de ese tiempo, solicitaron imputaciones y la acumulación de causas porque era “evidente” que estaban relacionadas y resaltaron la importancia de no mantener paralizadas las investigaciones ni atomizar la prueba. “Le advertimos al juzgado que el análisis sectorizado atentaba contra el éxito de la investigación”, recordó Iglesias.

“Lo que hubo acá fue un interés económico en la inacción que quedó manifestado cuando quisimos hacer la colaboración. Esos funcionarios hicieron todo lo que fuera posible para que las causas no se acumulen”, recalcó el fiscal.

“En suma, la acumulación que pedía este Ministerio Público iba a reflejar que el Juzgado Federal N° 1 de Corrientes no estaba investigando el fenómeno narcocriminal de Itatí, cuando tenían todos los elementos de prueba en sus manos para hacerlo. En efecto, iba a develarse lo que pasaba por detrás de las causas. Era parte de la mecánica: atomizar cada tramo, para que no se lograra comprender y así poder ocultar”, añadió.

Por otro lado, Iglesias detalló que a través de todos los elementos reunidos en esta causa se pudo construir un cuadro preciso sobre la conformación de la asociación ilícita montada en el Juzgado Federal N°1 de Corrientes, los roles de cada uno de sus integrantes, y la mecánica delictiva.

“Señores jueces, durante el tiempo que operó esta gran organización narcocriminal, y al menos en lo que se logró acreditar judicialmente, se introdujeron y distribuyeron en nuestro país casi 20 toneladas de marihuana. Esta era la real envergadura de la estructura criminal, esta era la capacidad operativa. Toda la logística tenía epicentro en la localidad de Itatí. Un pequeño pueblo donde, como todos los testigos lo dijeron, todo se sabía”, añadió.

“Para que la organización narcocriminal funcionara sin problemas necesitaban no ser investigados o, en su caso, ser beneficiados con mejoras procesales improcedentes, y así lo hicieron por siete años”, sintetizó Iglesias.

La jornada del lunes pasado continuó con la exposición del fiscal auxiliar de la PROCUNAR, Martín Uriona quien analizó las pruebas en relación a los hechos descriptos y detallados en los requerimientos de elevación a juicio. Uriona detalló la mecánica develada del funcionamiento de esta organización criminal. Para eso, expuso un cuadro que permitió visualizar cómo se conformó y cómo se fueron descubriendo las relaciones del grupo criminal.

“Esta distribución de roles señala que en la parte más alta estaban Soto Dávila y Molina, quienes tenían la posibilidad de investigar o no a las personas investigadas por narcotráfico”, añadió.

“Para que la organización funcionara sin problemas, era necesario que no fueran investigados. Y para esto, los funcionarios fueron un muro de contención”, aseguró Uriona. “Se trata de profesionales del derecho habilitados para investigar y juzgar estos hechos”, añadió.

“Soto Dávila se encubría atrás de sus secretarios, ellos a su vez se cubrían atrás de los abogados y estos a través de otros letrados y así se armaba una seguidilla de eslabones. En suma, la división de roles tenia una finalidad de funcionamiento y éxito de esa maniobra, pero también era una garantía de protección para la organización”, aseguró el auxiliar fiscal.

Para analizar los hechos concretos que tuvieron relación o que fueron producto de este actuar organizado por parte de la organización delictiva, Uriona expuso una línea de tiempo en la que detalló los hechos puntuales que ocurrieron en la causa.  “En esta línea de tiempo veremos elementos que se repiten. Esa reiteración de características permite sostener la existencia de una organización, una mecánica común, una repetición de casos, y una forma idéntica de actuar que tiene que ver y hace a la propia existencia y funcionamiento de la organización delictiva, que funciona con determinados patrones de conducta”, explicó.

En esa línea, el auxiliar fiscal reprodujo una gran cantidad de comunicaciones telefónicas que arrojaron pruebas para la causa y que dieron cuenta del modo de funcionamiento de la organización delictiva y los diferentes roles de los imputados y de las negociaciones existentes entre ellos.

Con respecto a las dádivas, Uriona aseguro que “no se recibía plata en el juzgado. Esto fue una precaución adoptada. Se entregaba una boleta de depósito a la persona que lo iba a abonar y esa persona iba al Banco Nación, depositaba el dinero y traía la boleta sellada. Una vez que se pagaba el soborno, la causa entraba en una paralización casi total”.

Por último, Uriona recordó que en el marco de esta causa, y antes que se diera inicio al debate, se firmaron cinco juicios abreviados que abarcaron a dos abogados (Antonio Serial y Jorge Vallejos) y a tres narcotraficantes que fueron condenados en el marco de la causa de Itatí: Federico Sebastian Marín, Pablo Nicolas Torres y Carlos Bareiro.

Finalmente, en la jornada que se llevó a cabo esta mañana, expuso el fiscal Schafer, quien hizo hincapié en la ilegalidad de las conductas y los distintos aspectos vinculados con la pena requerida.

“Se trata de un grupo de individuos, entre los que se encuentran un juez, dos secretarios penales y un grupo de abogados, que lesionaron el bien público protegido y que para eso se valieron de la estructura del Estado a cambio de un rédito económico y de la impunidad que le daban a diversos miembros de esta organización criminal que fue develada en otra causa”, aseguró el fiscal. Y agregó: “El delito de corrupción es grave pero más grave es cuando se hace en la administración de justicia porque afecta la independencia del Poder Judicial”.

Luego, mencionó que el fundamento de peligro se encuentra acreditado en esta causa al igual que los elementos objetivos. “Los integrantes de esta organización funcionaban de manera organizada y permanente para cometer determinados delitos en cantidad indeterminada”, señaló.

Respecto del exjuez Soto Dávila sostuvo que tenía una posición jerárquica en esa asociación y que “tenía la llave para rechazar los acuerdos espurios que hacían previamente los secretarios y abogados. También tenía la última palabra para rechazar o materializar esos acuerdos espurios que hacía a través de resoluciones prevaricantes”. En este sentido, dijo, “se hizo todo al amparo del Juzgado Federal de Corrientes”.

“El delito de corrupción judicial es de los más graves y no se puede combatir el narcotráfico si no combatimos la corrupción, menos aún si esa corrupción está enquistada en el Poder Judicial, que debe sancionar las conductas delictivas que ponen en riesgo la salud y la seguridad de las personas”, concluyó Schaffer.

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