Un sacerdote que había sido condenado a 13 años de detención recuperó la libertad en las últimas horas, amparado por un fallo de la Corte Suprema de Justicia.
El máximo órgano de Justicia del país ordenó la liberación del acusado en un fallo en el que, además, hizo notar en el caso serios errores cometidos por los integrantes del Superior Tribunal de Justicia de Corrientes.
Además de liberar al acusado, la Corte ordenó que el máximo órgano de Justicia de Corrientes establezca nuevos integrantes para analizar los planteos realizados tanto por la defensa como la querella.
Lo mismo deberá hacer el Tribunal Oral Penal de Goya.
De esta manera, el caso establece una situación nunca antes dada en la Justicia de Corrientes, por lo que el Tribunal de Justicia de Corrientes deberá analizar qué pasos seguirá.
Es que la Corte Suprema de Justicia de la Nación entendió que el máximo tribunal de la provincia de Corrientes juzgó dos veces a la misma persona y por el mismo hecho, violentando así la garantía de imparcialidad.
El caso involucra a J.D.P., un sacerdote que está acusado de haber accedido carnalmente a un menor de edad en 2006, quien realizó la denuncia de adulto en 2011.
El 12 de diciembre de 2013, se desarrolló un primer juicio donde los jueces de Goya lo absolvieron “por insuficiencia probatoria”.
En ese entonces el Tribunal estaba integrado por José Luis Acosta, Romelio Amílcar Díaz Colodrero y Carlos Guilliard.
La querella apeló ese fallo y el Superior Tribunal de Justicia ordenó que se desarrolle un nuevo juicio.
Es así que en febrero de 2017 los jueces Darío Ortiz, Carlos Balestra y Lucio López Lecube, lo condenaron a 13 años de detención.
Pero, esta sentencia fue apelada por la defensa del imputado ante el Superior Tribunal de Justicia, donde se confirmó el fallo.
Debido a que los mismos ministros del STJ habían echado por tierra la absolución de 2013 y habían intervenido en otros trámites del juicio, la defensa se presentó ante la Corte Suprema -en queja- para advertir que se había violentado el derecho a la imparcialidad; es decir, quedó evidenciado que los mismos jueces entendieron en la causa dos veces.
La Corte -con remisión al precedente “Borbolla”- dejó sin efecto la sentencia apelada por considerar que no se adecuaba al estándar de imparcialidad requerido por las normas federales que rigen la materia.
Destacó que la imparcialidad es un principio normativo que contiene la exigencia de que el juzgador no se guíe por opiniones preconcebidas, sino que aborde la cuestión de una manera original e inédita.
Consideró que se había comprometido la garantía de la doble instancia, en la medida en que esta exige que la revisión amplia de la sentencia sea efectuada por magistrados que no conocieron anteriormente el hecho ni formaron criterio sobre el derecho aplicable, pues, de lo contrario, doble instancia significaría, tan solo, doble revisión por las mismas personas.
Además, ordenó liberar a Pacheco e instó al STJ de Corrientes a que revea nuevamente el proceso judicial. Pero, para ello, se deberá designar jueces sustitutos, algo que nunca ocurrió en la provincia.
Es por ello que el sacerdote quedó en libertad este 27 de marzo, aunque con la prohibición de acercarse a un kilómetro de la víctima; obligado a fijar domicilio permanente en la provincia de Corrientes; informar un número telefónico de contacto y sin autorización para abandonar el país.
Tras conocerse esta medida, el representante de la víctima, Carlos Coria, indicó que avanzará en la causa “hasta que Pacheco quede preso”.