Federico G. A. Zamudio.
La Corte Suprema de Justicia confirmó la nulidad reclamada por usuarios y consumidores a través de un recurso de amparo, el que había sido desestimado por el Superior Tribunal de Justicia.
La Asociación de Usuarios y Consumidores de Corrientes había presentado un recurso judicial por el cual se reclamaba que se declarara nulo e inconstitucional el cuadro tarifario impuesto por la resolución 1049/08 y el decreto 2668/08, el mismo fue presentado en el foro judicial de Corrientes e incluía la refacturación de todas las boletas emitidas bajo esa orden administrativa, y la devolución de los montos agregados a los usuarios en tres cuotas.
Sin embargo, luego de pasar por primera y segunda instancia, el pedido fue desestimado por el Superior Tribunal de Justicia en diciembre de 2009, tras lo cual, por insistencia de la Asociación de Usuarios y Consumidores de Corrientes, fue motivo de nuevas acciones judiciales en el ámbito federal y provincial.
De esta manera, la DPEC fue conminada a pagar lo sobrefacturado a los usuarios, medida a la que también decidió apelar, alegando el riesgo de su propio desfinanciamiento, hecho al cual el STJ acompañó aceptando el argumento y proponiendo una extensión en la modalidad de reembolso, resultado que, nuevamente, fue motivo de queja.
Las andanzas de la DPEC facilitan los cortocircuitos con sus usuarios