La Cámara Federal de Casación Penal de la Nación ordenó anular el fallo en el que los hermanos Oscar y Sergio Salgán habían resultado absueltos de los delitos de lavado de activos y narcotráfico.
Ambos cumplían condenas por el secuestro del estudiante Cristian Schaerer ocurrido en 2003 -cuyo paradero aún se desconoce-, pero habían sido beneficiados con la libertad condicional, contexto en el que volvieron a ser detenidos y acusados por transporte de drogas y delitos financieros.
En este contexto se los vinculó a una encabezada por Cleomar “El Brasilero Giorgi” Krewer Ramos, quien fue condenado a 9 años de prisión. El mismo apeló el fallo, pero la Cámara de Casación no dio lugar a su pedido, confirmando así la sentencia condenatoria.
Respecto de los demás imputados, la Sala Tercera de la Cámara Federal de Casación Penal, integrada por los camaristas Eduardo Rafael Riggi, Juan Carlos Gemignani y Gustavo M. Hornos, resolvieron “revocar parcialmente el pronunciamiento dictado por el Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Corrientes, de fecha 26 de abril, referidos a los imputados Sergio Gustavo Salgan, Oscar Antonio Salgan y Adrián Enrique Saintotte y apartar del conocimiento de la causa al referido Tribunal, debiendo remitir estas actuaciones a esa sede a efectos que tome nota de la presente y disponga lo necesario para que se determine el nuevo Tribunal que deberá intervenir para su sustanciación conforme a derecho”.
En otros términos, se ordena formar un nuevo tribunal y juzgarlos nuevamente en relación a los delitos por lo que habían sido acusados.
El expediente llegó al Tribunal de Revisión a instancias de un pedido del Ministerio Público Fiscal para que se revea la sentencia.
Según expuso la fiscalía “el fallo impugnado incurre en graves y serias violaciones a las reglas de la sana crítica racional, resulta arbitrario, ya que el Tribunal omitió valorar las pruebas señaladas”.
Es por ello que pidió que “ejerciendo competencia positiva dicte un nuevo pronunciamiento con arreglo a la ley; debiendo en consecuencia revocar parcialmente el fallo en crisis, y consecuentemente condenar a Sergio Gustavo Salgán como coautor de los delitos de tráfico ilícito de estupefacientes, en la modalidad de comercio, en concurso real con el de lavado de activos de origen delictivo, calificado por habitualidad a la pena de 7 años de prisión; a Oscar Antonio Salgán como coautor del delito de lavado de activos de origen delictivo, calificado por habitualidad a la pena de 4 años y 6 meses de prisión; y a Adrián Enrique Saintotte como coautor del delito de lavado de activos de origen delictivo, calificado por habitualidad a la pena de 4 años y 6 meses de prisión, multa, el decomiso de los bienes secuestrados”.
El planteo fue atendido y ahora se debería hacer un nuevo juicio.
La medida anula el fallo del Tribunal Oral en lo Criminal de Corrientes que, integrado por Víctor Antonio Alonso, Fermín Amado Ceroleni y Lucrecia Marcelina Rojas de Badaró, condenó en marzo de 2021 -mediante un juicio abreviado- a una banda dedicada al tráfico de estupefacientes y lavado de dinero en el sur de esa provincia.
La persona identificada como “líder” de la banda, Cleomar Krewer Ramos, alias “Brasilero Giorgi”, recibió una pena de nueve años de prisión en carácter de organizador de tráfico de estupefacientes -marihuana y cocaína- en la modalidad de comercio, en concurso real con lavado de activos de origen delictivo en calidad de autor. Además, deberá pagar una multa de un monto aún no definido.
La investigación permitió demostrar que, además de comercializar estupefacientes en su hogar y otros domicilios registrados a su nombre-, Krewer Ramos abastecía diversos “kioscos” de venta, donde un grupo de personas acopiaban o guardaban las sustancias y la comercializaban al menudeo.
Entre ese grupo de personas se encuentra otros siete imputados, quienes recibieron la pena de cuatro años de prisión por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Según la fiscalía la actividad se desplegó desde septiembre de 2012 hasta -al menos- el 31 de marzo de 2017.
El principal acusado habría sido el encargado de abastecer el tráfico de estupefacientes en la ciudad correntina de Mercedes y alrededores, instalando “kioscos” cuya explotación dejaba en manos de terceros con la finalidad de no ser descubierto. También era el encargado de verificar la calidad de las sustancias que luego eran colocadas a la venta. Además, manejaba recursos para brindar protección a quienes cometían todo tipo de delitos para que no fueran aprehendidos por las fuerzas de seguridad o proporcionar abogados.
Además, el tribunal ordenó el decomiso de dos inmuebles en la ciudad de Mercedes -Corrientes- que eran utilizados para la venta de estupefacientes, varios teléfonos celulares, dinero secuestrado, cuatro automóviles y dos motos.
Finalmente, en el marco del juicio oral y público, con el resto de los imputados, los jueces absolvieron a otros tres hombres: los hermanos Oscar Antonio y Sergio Gustavo Salgán -condenados en la causa del secuestro extorsivo de Christian Schaerer-y Adrián Enrique Saintotte.
En el caso de los hermanos Salgán, también fueron señalados como responsables del delito de lavado de activos al adquirir vehículos e inmuebles con bienes no declarados a fines de darle una apariencia lícita y preservarlos así de la justicia.
Sobre este punto, el fiscal general Carlos Schaefer y la auxiliar fiscal Tamara Pourcel, conjuntamente con la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), a cargo de Diego Iglesias, y en colaboración con la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activo (PROCELAC), presentaron un recurso de casación contra la sentencia que absolvió a los hermanos Salgán y a Saintotte.
En ese sentido, los fiscales señalaron en su recurso que hubo “una valoración parcial, contradictoria y arbitraria sobre la participación de Sergio Salgan, Oscar Salgan y Enrique Saintotte en el hecho por el que fueran acusados en juicio, arribándose a una conclusión desacertada”
La investigación de la causa estuvo a cargo de la Fiscalía Federal de Paso de los Libres, la Fiscalía General ante el TOF de Corrientes y la PROCUNAR.