El Gobierno nacional autorizó la apertura del paso terrestre Paso de los Libres, en Corrientes, lindante con la localidad brasileña de Uruguayana, como “corredor seguro internacional” para el ingreso al país, en el marco de la liberación de actividades ante la baja de contagios por el coronavirus.
La autorización es con un cupo de hasta 300 personas diarias, las cuales deberán estar vacunadas con las dos dosis y, además, contar con el examen de Reacción en Cadena de la Polimerasa (PCR) en origen, con 72 horas previas; Rellenar la declaración Jurada Migratoria y prueba de antígeno al ingreso.
El cruce está habilitado de 8 a 16. La escasa cantidad de personas habilitadas es por la poca capacidad de personal de Salud Pública de la Provincia de Corrientes para realizar testeos.
La autorización fue decidida por el jefe de Gabinete, Juan Manzur, por la decisión administrativa 1.040, publicada en el Boletín Oficial.
Respecto a esto, la directora nacional de Migraciones, Florencia Carignano, señaló que se trata de uno de los pasos “más importantes”, por donde circula mucho transporte “de camiones pero también turismo”.
“Estamos por abrir Salvador Mazza (paso limítrofe con Bolivia), el Aeropuerto de Salta, y el de Santa Fe. También nos han solicitado (apertura) el Aeropuerto de San Juan y el de El Calafate”, añadió la funcionaria.
Luego señaló que la apertura es “paulatina”, “a medida que los pasos fronterizos tienen la seguridad sanitaria que solicita el Ministerio de Salud”.
Respecto de los requisitos para el ingreso, recordó que extranjeros deben contar “con esquema de vacunación completo” y para los argentinos que no tengan el esquema completo, “todavía rige el test de antígenos”.
Sobre la posibilidad de vacunar a extranjeros, Carignano señaló que la ministra Carla Vizzotti habló “respecto de los menores” que llegan al país.
“Recuerden que los menores que llegan como turistas tienen que hacer cuarentena. La idea es que estos menores que llegan con sus padres vacunados puedan vacunarse en la Argentina”, añadió.
Sobre la norma publicada hoy se recuerda que por decreto 274/20 y sus modificatorios y complementarios y sus sucesivas prórrogas se estableció la prohibición de ingreso al territorio nacional de personas extranjeras no residentes en el país por medio de puertos, aeropuertos, pasos internacionales, centros de frontera y cualquier otro punto de acceso, hasta el día 31 de octubre de este año.
Solo se exceptuó a las personas nacionales o residentes de países limítrofes, siempre que cumplan con las indicaciones, recomendaciones y requisitos sanitarios y migratorios para el ingreso y permanencia en el país establecidos.
La apertura se hizo a propuesta del Gobierno de Corrientes y fue aceptada por el Ministerio de Salud de la Nación “en observancia de los cuidados y prevenciones pertinentes, estipulados en el protocolo confeccionado” para esos casos en el marco de la pandemia de coronavirus.