El caso fue denunciado por un médico que atendió a la joven en el hospital pediátrico, e intervino de oficio la Asesoría de Menores.
Los padres de la joven tienen una discapacidad auditiva, por lo que durante las audiencias se requirió la presencia de un intérprete de lengua de señas. Los jueces del TOP N°2 de Corrientes declararon al hombre responsable del delito de “abuso sexual con acceso carnal agravado por el vínculo, por haber sido cometido contra una menor de 18 años, aprovechando la situación de convivencia preexistente con la misma, en la modalidad de delito continuado en calidad de autor material”.
El tribunal estuvo integrado por Ariel Azcona, como presidente, secundado por Juan José Cochia y Román Facundo Esquivel, como vocales, y desestimaron la petición de la defensa para que el imputado fuera absuelto.
El planteo se fundó en que la madre de la víctima no había notado nada y que también otros familiares no habían observado cambios de conducta de la joven.
La causa se había iniciado debido a los informes remitidos por el Servicio Social del hospital Juan Pablo II a las autoridades judiciales. La acción penal fue impulsada por la asesora de Menores e Incapaces Nº 4, a cargo de Estela Fanny Romano.
Para resolver de este modo, los legistas tuvieron en cuenta los informes psicológicos que daban cuenta del “avasallamiento psíquico que la menor sufría por los acontecimientos vividos, la ausencia de la progenitora en momentos en que el hecho acaecía, la obligación autoimpuesta de cuidar a sus hermanos y protegerlos, sumado a las amenazas recibidas”.