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17 enero 2025

Tratamiento psicoterapéutico para policía golpeador

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El agente convivía con una adolescente y la golpeó con los puños en el rostro y el cuerpo, fue denunciado por el padre de la joven.

La pareja vivía bajo el mismo techo desde hacía 10 meses, y fue la misma golpeada la que avisó a su progenitor sobre lo sucedido a raíz de los celos de su compañero.

El juez Daniel Alejandro Azcona, a cargo del Juzgado Civil, Comercial, Laboral, Familia, Menores y Paz de Santa Lucía, entendió que la denuncia ameritaba la inmediata adopción de medidas que aseguraran la integridad psicofísica de la adolescente.

Por un lado, la restituyó al cuidado de su padre en un paraje rural de Lavalle, ordenó la inmediata prohibición de acercamiento del agente a una distancia nunca menor de 500 metros, por tiempo indeterminado, y de todo otro lugar donde desarrolle sus actividades; además dio intervención a la Asesoría de Menores de la Ciudad de Goya.

Citó a la joven, de 17 años, y al funcionario, de 29, a una audiencia informativa el lunes 20, y dispuso que el policía realice un tratamiento psicoterapéutico e inicie una capacitación institucional sobre Género y Violencia contra las Mujeres, dentro de los 10 días, en el marco de la ley Micaela y bajo apercibimiento de ley. La decisión del magistrado fue notificada a la Unidad Regional II de la ciudad de Goya.

Azcona fundamentó su resolución en el llamado “Bloque de constitucionalidad” conformado por la Constitución nacional y los tratados internacionales de derechos humanos, entre los que se encuentra la “Convención para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer”.

“Con la sola verosimilitud de la denuncia –en este caso del padre, pero ratificada por la adolescente- y la existencia de una sospecha de maltrato, la jurisprudencia nos permite dar un amparo urgente a quienes son víctimas de violencia familiar y de género” expresó. Es decir, que estas disposiciones “operan como una herramienta útil y eficaz, otorgando la posibilidad de dar una respuesta urgente frente a un requerimiento, cuando media una situación de peligro para alguno de los integrantes del grupo familiar”.

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