28.4 C
Corrientes
28 marzo 2024

La Justicia obligó a una obra social a incorporar como adherente a un paciente con esclerosis múltiple

Must read

Santo Tomé: investigan a un ex candidato a concejal tras una denuncia de supuesto abuso a una menor

Una denuncia por un supuesto abuso sexual de una adolescente en la ciudad de Santo Tomé (Corrientes) derivó en la detención de...

Carumbé se corona pentacampeona en el Carnaval de la Frontera 2024

Con un deslumbrante despliegue de color, ritmo y creatividad, concluyó una nueva edición del Carnaval de la Frontera...

Mercedes: convocan a empresarios a sumarse a las acciones para promocionar el turismo

En un esfuerzo por fortalecer la industria turística de Mercedes, la gestión del Intendente, Tape Caram, se encuentra ultimando los detalles del...

Organizaciones sociales y gremiales repudian la visita de Milei a Corrientes

Organizaciones sociales y sindicales se movilizan en Corrientes en rechazo a la visita de Javier Milei a la provincia.Los trabajadores realizan marchas...

La junta médica de la obra social había determinado que, si bien la patología existía, no reunía los criterios para la cobertura pretendida, por no tener una discapacidad severa permanente.

La Cámara de Apelaciones Civil había dado lugar a un pedido de la madre de un joven para que la obra social lo reincorpore como adherente, y el Superior Tribunal de Justicia confirmó esa decisión.

Superior Tribunal de Justicia de Corrientes.

De esta forma, el Superior Tribunal de Justicia, por unanimidad, confirmó parcialmente la decisión de la Sala IV de la Cámara de Apelaciones de la capital, que ordenó al Ioscor a reincorporar a un joven que padece esclerosis múltiple, como afiliado adherente de su madre, ya que cuando cumplió el límite de edad la obra social lo dio de baja.

La resolución de excluirlo de la cobertura -que tomó la junta médica del Ioscor- se basó en que, si bien la patología existía, no era razón suficiente para establecer una discapacidad severa permanente. Cuestionó además la falta de intervención de un neurólogo al momento en que se le extendió el certificado pertinente.

Los padres del joven presentaron una medida autosatifactiva para impedir que quedara sin protección, lo que la Cámara resolvió favorablemente, y el STJ confirmó en la sentencia civil N° 72/21, con excepción a lo referido sobre las costas.

En esa parte, hizo lugar al reclamo del Ioscor y las decretó por su orden. 

Medida autosatisfactiva

Esta medida es un requerimiento urgente formulado al órgano jurisdiccional por las justiciables, que se agota con su despacho favorable, no siendo necesaria la iniciación de una ulterior acción principal para evitar caducidad o decaimiento

En el primer voto, el magistrado Guillermo Horacio Semhan aseguró, sobre este tipo de medidas: “Si bien no desconocemos que la denominación autosatisfactiva ha sido objeto de severas críticas, sirve para diferenciarla de las medidas cautelares, puesto que se agotan en sí mismas con prescindencia de otro proceso principal”.

Fallo del STJ

El Superior Tribunal consideró insoslayable, para decidir de ese modo, que la enfermedad que padecía el joven era discapacitante. Porque si lo fuera debía continuar como beneficiario adherente a cargo de su madre.

Semhan explicó que la discapacidad se acreditó mediante el certificado de discapacidad.

En ese sentido señaló que de las pruebas surgía que el Estado provincial había reconocido la enfermedad del joven como una discapacidad al otorgar del certificado de discapacidad con la explicación de que padecía esclerosis múltiple, anormalidades de la marcha y la movilidad.

Este documento fue expedido por una junta evaluadora de la discapacidad, integrada por una médica, un psicólogo y una asistente social.

“Esta certificación, realizada por el órgano provincial competente, es decir por el Ministerio de Salud Pública y el Consejo Provincial del Discapacitado, mediante un equipo interdisciplinario, cumple acabadamente con los preceptos legales vigentes y desnuda el obrar manifiestamente ilegal por parte de la obra social, accionada para resolver el pedido de la actora, pues ello debió ser suficiente para dar de alta al hijo de la accionante como beneficiario adherente, en base a las prescripciones del art. 7 inc. e) de la ley 3.341 modificada por ley 6.023”, sostuvo en su voto Guillermo Semhan.

Modificación en las costas

El Superior Tribunal de Justicia hizo lugar al recurso presentado por el Ioscor, en lo referido a la imposición de costas, porque entendió que tenía razón suficiente para resistir a la medida urgente intentada por la madre del chico, en base al dictamen realizado por la junta médica de la institución. Por ello pasó a ser por su orden.

En la votación adhirieron los jueces Fernando Augusto Niz, Luis Eduardo Rey Vázquez, Eduardo Panseri y Alejandro Chaín.

- Advertisement -

More articles

LEAVE A REPLY

Please enter your comment!
Please enter your name here

- Advertisement -

Latest article

Santo Tomé: investigan a un ex candidato a concejal tras una denuncia de supuesto abuso a una menor

Una denuncia por un supuesto abuso sexual de una adolescente en la ciudad de Santo Tomé (Corrientes) derivó en la detención de...

Carumbé se corona pentacampeona en el Carnaval de la Frontera 2024

Con un deslumbrante despliegue de color, ritmo y creatividad, concluyó una nueva edición del Carnaval de la Frontera...

Mercedes: convocan a empresarios a sumarse a las acciones para promocionar el turismo

En un esfuerzo por fortalecer la industria turística de Mercedes, la gestión del Intendente, Tape Caram, se encuentra ultimando los detalles del...

Organizaciones sociales y gremiales repudian la visita de Milei a Corrientes

Organizaciones sociales y sindicales se movilizan en Corrientes en rechazo a la visita de Javier Milei a la provincia.Los trabajadores realizan marchas...

Tincho Ascúa: “Necesitamos más presencia del Gobierno Provincial en Libres”

"Necesitamos tener una agenda común con la Provincia, que hoy no la tenemos", expresó el Intendente de Paso de los Libres, Martín...