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9 octubre 2024

Revés para ex funcionarios judiciales federales acusados de cobrar coimas

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La Cámara Federal de Casación Penal confirmó que un ex juez y sus dos secretarios deberán ser juzgados en la provincia donde, se supone, cometieron delitos.

La defensa de Pablo Molina, ex secretario judicial federal de Corrientes había iniciado una acción ante la Cámara de Casación Penal de la Nación para que la causa en la que está imputado por cobro de coimas sea llevada a juicio en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

La abogada Valeria Corbacho, en representación de este ex funcionario, sostuvo que el hecho de llevar adelante el juicio en Corrientes atentaría contra la imparcialidad de los magistrados.

Carlos Soto Dávila.

Otro argumento fue que la imputación a su cliente surgió de pruebas de una causa de narcotráfico que era instruida por un magistrado a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Correccional y Penal 12 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en la que se analizaron escuchas telefónicas donde, supuestamente, abogados acordaban el pago de dádivas para mejorar la situación procesal de sus clientes.

El planteo de esta abogada fue rechazado y así se confirmó que Pablo Molina, Federico Grau, y Carlos Soto Dávila sean Juzgado en Corrientes.

La acusación es que estos tres ex funcionarios, en coordinación con los abogados Duylio Horacio Barboza Galeano, Tomás Alfredo Viglione, Jorge Ricardo Vallejos, Gregorio Humberto Giménez, Juan Manuel Faraone y Omar Antonio Serial, “habrían formado parte al menos desde el año 2010 y hasta el 5 de diciembre de 2018, de una organización de carácter estable, con soporte estructural, división de roles y capacidad para articular acciones de modo de sostener el desarrollo de la actividad ilícita, la cual fue coordinada y encabezada por el mencionado Soto Dávila -en calidad de jefe-, actuando los restantes en calidad de miembros, dedicada a realizar diversas maniobras de corte delictivo, tendientes a perturbar la correcta administración de justicia y a garantizar la impunidad a diferentes sujetos vinculados con maniobras de tráfico ilícito de estupefacientes en sus diferentes etapas”.

Federico Grau.

La Cámara de Casación, el pasado viernes 18 de marzo, confirmó que la causa CFP 9886/2018 ser llevada a juicio en la provincia de Corrientes y no en los Tribunales Orales de la avenida Comidoro Py 2002, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.

Es por ello que los jueces Alberto de Jesús Moreira, de Posadas; Eduardo Ariel Belforte, de Resistencia; Rubén David Quinónez, de Formosa, serán los encargados de llevar adelante el debate oral y público que aún no tiene fecha.

Lo harán porque los tres jueces del Tribunal Oral Federal de Corrientes -Víctor Alonso, Fermín Ceroleni y Lucrecia Rojas- se habían inhibido de entender en la causa.

Fundamentos de Casación

La resolución de la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, firmada por la jueza Angela Ledesma, rechazó el recurso de casación al considerar el Tribunal Oral Federal 3 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se declaró incompetente para entender en la causa.

Remarcó la jueza que es válida la fundamentación fue que “las conductas endilgadas a la totalidad de los imputados, que fueron subsumidas legalmente en los delitos de asociación ilícita, cohecho pasivo y activo agravado, y prevaricato habrían ocurrido -tanto los hechos como sus consecuencias- en la provincia de Corrientes”.

Agregó además que “la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dicho que la jurisdicción penal es territorial e improrrogable y se determina por el lugar en que se cometió el delito”, en concordancia con el artículo 37 del Código Procesal Penal de la Nación.

Pablo Molina.

El nombrado plexo jurídico indica que “Será competente el tribunal de la circunscripción judicial donde se ha cometido el delito”.

Es por ello que la jueza Angela Ledezma ordenó “exhortar al Tribunal Oral en lo Criminal Federal nº 3, para que, con la premura y celo que exige el caso, proceda a la remisión de los elementos y objetos de juicio”.

Cabe recordar que el año pasado los tres jueces del Tribunal Oral Federal de Corrientes -Victor Alonso, Fermín Ceroleni y Lucrecia Rojas- se habían inhibido de entender en la causa, por lo que fueron asignados para intervenir en el debate dos jueces de Formosa y uno de la provincia del Chaco.

El planteo de la defensa de Pablo Molina expone contraposiciones a lo que oportunamente el ex juez, Carlos Soto Dávila, había planteado ante la Cámara de Casación Penal.

La defensa de Molina consideró que era pertinente continuar el proceso judicial en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sostuvo, en este sentido, que “la declaración de incompetencia del tribunal (Oral Federal 3 de CABA) atenta contra la eficacia del avance del proceso y el principio de economía procesal” y que además “la jurisdicción federal de Corrientes no garantiza la imparcialidad”.

Por su parte, Soto Dávila había elevado un planteo en el que solicitaba lo contrario: que el juicio se haga en Corrientes, porque era el territorio en el que habrían ocurrido los hechos en los que supuestamente intervino y, por otra parte, porque todos los imputados residen en esta provincia.

Lo mismo hizo el otro imputado, Federico Grau quien consideró que por una cuestión de economía procesal el debate debía hacerse en la Capital correntina.

En respuesta a estos planteos la Cámara de Casación confirmó el traslado de la causa al tribunal correntio y se señaló además que, si bien la investigación a los funcionarios judiciales inició a raíz de datos obtenidos del expediente 3002/2017 por narcotráfico -Causa Operativo Sapucay- que se juzga actualmente en Buenos Aires, las acciones que se le endilga a Soto Dávila, Molina, Grau y a un grupo de abogados y particulares, carecerían de conexidad directa con los delitos de tráfico de drogas.

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