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28 marzo 2024

Una Justicia sin perspectiva de género: fuerte crítica del procurador de la Nación al STJ de Corrientes

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El Jefe de los fiscales de la Nación, Eduardo Casal, emitió un duro dictamen contra el Superior Tribunal de Justicia y otros jueces de Corrientes, en la causa por el femicidio de Librada Haedo que tiene como querellante al abogado correntino Juan Manuel Cubilla Podestá.

El Procurador General de la Nación sostuvo que los magistrados correntinos intervinientes actuaron sin perspectiva de género y violentaron el debido proceso y el derecho de defensa de la querella, al sobreseer de forma arbitraria a Ramón Aráoz, acusado de rociar con alcohol y quemar viva a Librada en diciembre de 2013 en el barrio Pujol de Corrientes.

Juan Manuel Cubilla Podestá.

“Desde el 18 de febrero el expediente comenzó su circulación entre los miembros de la Corte Suprema, esperamos que el máximo tribunal judicial de la Argentina resuelva el planteo que realizamos revocando el sobreseimiento de la Justicia correntina permitiendo el enjuiciamiento del acusado de prender fuego y quemar viva a Librada Haedo, un femicidio que no puede quedar impune”, explicó Cubilla Podestá, abogado de Matías y Nicanor, hijos de la víctima de este aberrante crimen ocurrido en diciembre de 2013. 

Casal, como Procurador, ya emitió su dictamen en el que pide hacer lugar al pedido de Cubilla Podestá, revocando los fallos del Superior Tribunal correntino y de los demás Tribunales inferiores, al considerar que los jueces de Corrientes violaron el debido proceso y el derecho de defensa que debían garantizar, afectando el derecho de las víctimas y dejando de lado la perspectiva de género.

“Tal y como oportunamente lo hiciera el Jefe de los fiscales correntinos, el doctor Sotelo, desoído por el Superior Tribunal, esta vez, también el doctor Casal le pide a la Corte Suprema de Justicia, que anule el sobreseimiento y los demás fallos de los órganos correntinos en el caso Librada: lo que hizo el Juzgado de Instrucción, el lamentable fallo los jueces de Cámara Criminal y lo que resolvió el Superior Tribunal. Todo esto debe ser revocado, como lo pedimos”, sostuvo Cubilla Podestá.

“Este dictamen es histórico en Corrientes porque deja en evidencia la falta de perspectiva de género de la Justicia correntina y obliga a la Corte a debatir sobre cuestiones que el Superior Tribunal debería claras. Nunca antes hubo otro dictamen por parte de un fiscal de la Corte que en materia de violencia de género que pida revocar todo lo actuado por tantas instancias judiciales como esta por violación del debido proceso y a favor de las víctimas”, agregó el abogado querellante.

En su dictamen, Casal consideró arbitrario y violatorio del debido proceso y derecho de defensa, el sobreseimiento que la Justicia de Corrientes dictó y sostuvo en todas sus instancias a favor de Ramón Aráoz, único acusado en el femicidio de Librada y que sigue recluido en el pabellón de seguridad del hospital de salud mental San Francisco de Asís.

Concretamente, el Procurador entendió que los jueces de Corrientes llegaron a “una restricción intrínseca del derecho de defensa por privar de un legítimo medio procesal de impugnación ante la justicia”. Además, Casal sostuvo que “el sobreseimiento del imputado luego de la revocación de su procesamiento, sin haberse incorporado y valorado nuevos elementos de convicción –sin que las circunstancias hubieran cambiado, como lo admite la mayoría de la cámara al declarar mal concedida la apelación– deviene arbitrario, como postula el recurrente, porque se dictó sin haberse alcanzado el grado de certeza negativa exigido por la ley procesal para el auto conclusivo”.

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