Ramón Aráoz, arrojó alcohol a su esposa y la incendió con un encendedor. Fue declarado inimputable por tres jueces (varones) que ordenaron su internación en un hospital de salud mental. Allí, el femicida se relacionó con una mujer a la que habría obligado a firmar un escrito que llegó al juzgado.
Un imputado por femicidio, habría obligado a su actual pareja a escribirle una carta a la jueza que lleva adelante el caso, para que ordene su libertad bajo la figura de “tratamiento ambulatorio” de una enfermedad mental.
Ante esto, la magistrada llamó a esta mujer a una audiencia, para que ratifique el pedido, pero en esa reunión se quebró y contó que fue presionada para rubricar el escrito.
La situación se da en la causa judicial del femicidio de Librada Haedo, quien murió al ser incinerada viva por su marido, Ramón Aráoz.
Pese a la gravedad del caso, los jueces de la Cámara de Apelaciones en lo criminal lo declararon inimputable y ordenó que se lo aloje en el área de seguridad del hospital de San Francisco de Asís, de la ciudad de Corrientes.
En ese lugar, Araoz conoció a una mujer con la que inició una nueva relación sentimental. Ella, presuntamente con el aval del abogado defensor rubricó una nota dirigida a la titular del Juzgado de Instrucción Nº 5, María Amelia Zair Nicolás, para que permita al femicida abandonar la institución mental -donde se halla privado de la libertad- para iniciar tratamientos ambulatorios. En el escrito, ella se comprometió a cuidarlo.
Según denunció el abogado querellante, Juan Manuel Cubilla Podestá, representante de los hijos de Librada Haedo, con esa carta el detenido Ramón Aráoz solicitó por tercera vez a la Justicia que le permita salir del hospital de salud mental con un tratamiento psiquiátrico ambulatorio.
“Estamos ante una situación de máxima alerta porque el femicida evidencia que sigue siendo violento incluso estando detenido”, afirmó Cubilla Podestá.
El letrado de la querella además hizo notar que “es grave que este hombre pueda salir en libertad más cuando otra mujer, que sería su nueva pareja, declaró en el Juzgado que es presionada por Aráoz y la defensa (para firmar el escrito presentado) y que teme por su integridad”.
“Asistí a esa declaración como abogado de los hijos de Librada. La mujer relató que el detenido la llama reiteradas veces por teléfono y la controla desde el pabellón del hospital San Francisco. Esta mujer resulta una clara víctima de violencia ejercida por Aráoz y requirió medidas de seguridad de la Justicia para ella y su hija”, denunció Cubilla Podestá.
El abogado querellante relató brevemente lo ocurrido en la audiencia en la que se le pidió a la testigo que exponga las razones de su solicitud.
Entonces, contó -según Cubilla Podestá- que la mujer relató ante la magistrada que recibió presiones por parte de Aráoz y de su abogado defensor para que firme un pedido de liberación del acusado haciéndose cargo de cuidarlo y ayudarlo con su tratamiento ambulatorio. “Esto nos demuestra que el femicida no cambió y que continúa con su proceder violento. La nueva pareja fue presionada y ella misma lo confesó en su declaración en el Juzgado”, afirmó el abogado.
El temor de los hijos de Librada Haedo y del abogado que los representa es que, de otorgarle el tratamiento ambulatorio al hombre “puede ocurrir otro femicidio”.
Advierten, a la luz de los hechos, que “ya hay una nueva víctima de violencia machista en este caso” en relación a las coacciones hacia la actual pareja de Aráoz.
Según consta en el expediente, el 2 de diciembre de 2013, aproximadamente a las 5, Ramón Aráoz mató a su pareja Librada Haedo, prendiéndola fuego.
El hecho ocurrió en la vivienda ubicada en el Barrio Pujol, en la vivienda en la que compartían ubicada en la calle Félix Azara N° 574.
Quedó probada en la investigación que en esa ocasión, Aráoz “arrojó a su esposa, alcohol etílico y seguidamente procedió a prenderle fuego con un elemento calórico, quedando la misma envuelta en llamas”, consta en la causa judicial.
Los peritos determinaron que, como consecuencia del fuego, la mujer sufrió graves lesiones en más del 94% de su cuerpo que, derivaron en su fallecimiento, ocurrido el 7 de Diciembre de 2017, a las 7, en el Hospital Escuela General José Francisco de San Martín.
Probadas las circunstancias del femicidio, el 28 de Noviembre de 2014, el Juzgado de Instrucción N° 5 estableció el procesamiento de Ramón Aráoz, “en calidad de autor responsable del delito de homicidio agravado por el vínculo conyugal, por ensañamiento y mediando violencia de género”, y ordenó su alojamiento en prisión preventiva en el Área de Seguridad del Hospital de Salud Mental San Francisco de Asís.
Posteriormente, los jueces de la la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Corrientes, resolvieron, el 15 de abril de 2015, que Aráoz es inimputable y así revocaron el procesamiento, aunque confirmaron su permanencia en el centro de salud.
El Superior Tribunal de Justicia se negó a tratar el caso y así confirmó esta absolución.
Ante esto, los hijos de la víctima, se remitieron a la Corte Suprema de Justicia de la Nación para que se analice la situación. Lo que quieren es que su padre sea juzgado por el femicidio de su progenitora.
Alegan que la mujer siempre fue víctima de violencia y que, además, una jueza de primera instancia no vio elementos suficientes para decretar las inimputabilidad.
Ahora, el máximo Tribunal de Justicia de la Nación tiene que analizar la situación. Podría determinar que Aráoz es responsable de sus actos y recién entonces se podría realizar un juicio.