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19 abril 2024

Polémico fallo en Chaco: Una jueza declaró inconstitucional la ley de IVE

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Se trata de una magistrada del fuero provincial que dio lugar a una acción de amparo presentada por cinco ciudadanos. El fallo fue calificado de antidemocrático y también se cuestionó la competencia de la magistrada para intervenir en el caso.

Una jueza chaqueña hizo lugar a una medida cautelar presentada por particulares que pidieron la suspensión en la provincia de la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo (IVE), que fue interpretada como “antidemocrática” por representantes de organizaciones feministas, informaron hoy fuentes judiciales.

En tanto, profesionales del Derecho cuestionaron la intervención de la magistrada en el caso, porque consideran que al tratarse de una ley nacional, el caso debió ser tratado en el Fuero Federal.

Respecto de la situación, Soledad Deza, abogada militante por los derechos de la mujer, sostuvo que “este tipo de cautelares evidencian la trinchera antidemocrática, que suspende el ejercicio de un derecho y la implementación de una política pública sanitaria sin hacer un control mínimo, serio, de admisibilidad y procedencia de la acción”.

La abogada tucumana feminista que representó y logró la liberación de Belén, la joven que estuvo presa en esa provincia a causa de un aborto espontáneo, aludió a la cautelar admitida por la jueza de feria Marta Beatriz Aucar de Trotti, a cargo del Juzgado en lo Civil y Comercial Nº19 de la ciudad de Resistencia, que hizo lugar a una presentación para suspender la vigencia de la Ley 27.610 en la provincia de Chaco.

En su presentación, los actores y actoras solicitaron la declaración de inconstitucionalidad de la norma recientemente aprobada en el Congreso y sostuvieron que el art.15 inc.1 de la Constitución de Chaco garantiza “el derecho a la vida y a la libertad, desde la concepción, a todas las personas y que, como se trata de una competencia concurrente de la provincia con la Nación, debe primar la interpretación de la ley más favorable a la persona humana”.

En su fallo, la jueza Aucar de Trotti manifestó que “si bien pueda existir una presunción de validez ante la Ley que se cuestiona, de la simple lectura de las restantes normas antes mencionadas, también plenamente vigentes, requiere de un mayor análisis de la validez en su aplicación respecto de la primera, ante un conflicto de normas e intereses que deban ser protegidos y que prevalezcan sobre la misma”.

La magistrada entendió que “la apariencia de buen derecho se manifiesta ante la simple lectura de las normas antes mencionadas”, en referencia al texto constitucional de la provincia de Chaco, de la Constitución nacional, pactos internacionales y a la ley de protección integral de la niñez N°26.061.

Deza, por su parte, afirmó que este tipo de demandas “son una aventura jurídica, la legitimación activa es muy seria en un proceso y está decisión omite ese análisis como también el de la legitimación pasiva y la inexistencia inocultable de caso”.

“Es una vergüenza jurídica propia del activismo conservador que se alía para mudarse al Poder Judicial cuando perdió en el debate legislativo. Previsible la demanda, pero no deja de sorprender la connivencia judicial al desconocer la supremacía constitucional y prestarse a este juego destinado al fracaso, pero que tanto daño hace a la sociedad y las instituciones”, señaló la abogada que preside el colectivo MujeresXMujeres de Tucumán.

Por su parte, la subsecretaria de Salud comunitaria, Entornos Saludables y no Violentos del Ministerio de Salud Pública de Chaco, Carolina Centeno, sostuvo hoy en su cuenta de Twitter que “ante la medida cautelar que suspende la aplicación de la ley 27.610 difundida por la red social WhatsApp, queremos aclarar que el gobierno provincial no ha sido notificado al respecto. Somos respetuosos del Estado de Derecho y respetamos los procesos judiciales”.

“Llegado el momento contestaremos de tal forma. La ley de IVE es una ley sancionada por los representantes del pueblo. Desde el gobierno provincial, vamos a seguir impulsando este derecho para proteger a las mujeres y personas gestantes”, agregó la funcionaria chaqueña en el hilo de la red social.

La cautelar dictada por la jueza chaqueña contrastó con una medida adoptada hace diez días en Salta, en la que el juez federal Julio Leonardo Bavio rechazó hacer lugar a una medida para suspender la Ley IVE.

El fallo de Bavio desestimó por “improcedente” el planteo de una cautelar presentada por un grupo personas “pro vida” entre las cuales estaba la ex senadora María Cristina Fiore Viñuales del Partido Renovador, junto a Gladys Moisés de Martínez, Mónica Elizabeth Medina, Miguel Armando Miranda, Andrés Rafael Suriani, Héctor Favio Zerpa, René Luis Castellón y Jorge Daniel Roldán.El escrito reclamaba que un fallo establezca claramente, frente a estas normas, que el “ser humano existe desde el momento de la concepción” y que el niño no nacido “tiene derecho intrínseco a la vida del que no puede ser privado”.

El juez Bavio determinó que el pedido era “improcedente, en virtud de lo dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el precedente ‘Thomas’ del 15/06/2010”, a la vez que explicó que excede a su competencia suspender una norma sancionada por el Poder Legislativo.

Según Tere Cubells, diputada provincial del Frente Chaqueño, el gobierno de Chaco todavía no fue notificado oficialmente de la medida judicial.

La acción judicial, fue pedida, entre otras personas, por Clelia Ávila, una ex diputada provincial (UCR-Juntos por el Cambio) y referente de “Unidos por la Vida y la Familia” quien, en 2017, fue denunciada penalmente por instigar ataques violentos en el 32º Encuentro Nacional de Mujeres realizado en Resistencia.

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