Una ex funcionaria judicial fue condenada por el Tribunal Oral Penal 1 de Corrientes a la pena de 5 años de detención tras haber sido hallada responsable del delito de peculado por equiparación, en una causa en la que otros dos hombres resultaron absueltos.
Se trata de María Ester Medina, quien ejercía como secretaria judicial y Juan Collantes y Ramón Ireneo Escobar quienes estaban sospechados de haberse servido de vehículos que estaban en depósito judicial y, además, se los había investigado por la desaparición de autopartes pertenecientes a uno de esos rodados.
La pena fue en línea con lo solicitado por el fiscal Carlos Lértora, la ex secretaria del Juzgado Correccional 1 de Corrientes, quien ya lleva tres años y nueve meses detenida; mientras que sus consortes de causa fueros absueltos debido a que se consideró que se carecían de pruebas para determinar si éstos conocían de las maniobras.
El juicio había iniciado el 3 de noviembre y el fallo del Tribunal se conoció 17 de diciembre a mediodía tras la finalización de las audiencias con los alegatos de la defensa y el Ministerio Público Fiscal.
En su alegato, el fiscal Carlos Lértora se apartó de lo que había expuesto en la primera jornada de debates.
Aquel día, Lértora dijo que no tenía elementos para hacer una acusación formal, pero en el transcurso del debate habría existido una “comunicación extraoficial” por parte de la Fiscalía General -a cargo de César Sotelo- para que evalúe la situación de otro modo.
Es así que, al finalizar el juicio, Lértora dijo que Medina habría sido la principal acusada ya que “los expedientes estaban a su disposición” y es así que, según la acusación, había dispuesto de los rodados incautados.
“Uno de los vehículos resultó desarmado y Medina buscó la colaboración de Escobar para reparar la camioneta Nissan. Es así que autorizan retirar el vehículo del predio”, argumentó el fiscal aunque aclaró que no hay pruebas que el rodado estaba desarmado de antes.
Igualmente sostuvo que Escobar no había conocido la maniobra ilegal que se realizaba.
El fiscal sostuvo además “que los autos carecían de números de chasis y motor y consecuentemente no tenían seguros ni permisos de circulación” y por lo tanto pidió que se investigue si el haber puesto en la calle esos rodados no constituyen otros delitos.
El pedido no fue considerado por el Tribunal.
En tanto, Tomás Ramírez, defensor de Medina sostuvo que “hay nulidades en esta causa porque no se cumplen los requisitos de claridad los hechos y porque hay una interpretación errónea”.
Agregó que no se expuso claramente cuándo ocurrió el supuesto delito ya que se expuso que fue “desde 2011 a 2013. Pero la imputada también tuvo ausencias y vacaciones, por lo que no hay una fecha determinada. No es exacta la fecha del hecho y no hay delito continuado”, dijo el abogado.
Agregó que “debido a que no hay fecha concreta y se violó el derecho defensa, del debido proceso, de la igualdad de condiciones ya que el requerimiento de elevación a juicio no dice exactamente cuando ocurrieron los hechos”.
Por último, sostuvo que “hubo cambio de calificación legal porque inició por peculado y se la procesa por peculado por equiparación, que es otra calificación legal. Esta situación está en la Corte Suprema de Justicia y por tanto, si resultase válido el planteo en el máximo Tribunal del país, el presente debate debería caer”, explicó.
La defensa advirtió que existe una confusión de hechos, porque en otra causa -que aún espera fecha de juicio- investigaron a policías a cargo del cuidado de predios judiciales quienes, según la investigación, desarmaban vehículos incautados para vender los repuestos.
Lo llamativo de esta causa fue que la magistrada a cargo del juzgado que tenía a su disposición los vehículos supuestamente “perdidos”, sólo fue llamada a declarar como testigo. Había recibido descuentos salariales, pero no fue investigada su responsabilidad en los hechos.