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19 abril 2024

Una condena a la falta de regulación de agrotóxicos

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Un productor hortícola fue condenado a tres años de prisión en suspenso por la muerte de un niño de 4 años y no irá preso. La causa abrió el debate sobre la falta de control en el uso de plaguicidas.

El primer juicio por una muerte causada por el mal uso de agrotóxicos en la provincia de Corrientes causó indignación en las organizaciones sociales, asociaciones ecologistas y en la familia de las víctimas, por el monto de la pena impuesta al imputado.

Pero la condena de tres años de prisión establecida contra el productor tomatero Ricardo Prieto, abrió nuevamente el debate respecto de la escasez de normativas para regular el uso de químicos en las actividades agrícolas.

El 14 de diciembre el Tribunal Oral Penal condenó a Prieto, pero debido a que el monto de la pena es bajo, no irá preso.

“No estuvo detenido ni medio día y no solo que no va a ir preso, sino que no la va a cumplir la condena de ejecución condicional”, lamentó el abogado Hermindo González quien representó a la familia de Nicolás Arévalo, el nene de 4 años que murió a raíz de la inhalación de los químicos que esparció Prieto en su plantación de tomates en la localidad correntina de Lavalle, en 2011.

Explicó que la acusación fue por homicidio culposo y lesiones, delitos que tienen una pena máxima de 5 años de detención.

El abogado, sin embargo, sostuvo que -pese a que la sentencia condenatoria no satisface las expectativas de la familia de las víctimas-  “esta causa debe ser el inicio de cambios. No existe normativa y si bien existen prohibiciones y controles, las leyes son escasas en relación al uso de agoquímicos”, sostuvo el letrado.

En tanto, Emilio Spartaro, referente de la organización ambientalista Amigos de la Tierra Argentina coincidió con González que la pena establecida es baja, pero aclaró que pese a ello, la sentencia confirmó que los agroquímicos causan graves daños al medioambiente y atenta contra la vida de las personas.

Sostuvo que “este es el primer juicio penal en el que queda sentado que la causal de muerte fueron los agroquímicos. Fumigar mata. Esto sienta un gran precedente para todo el país”.

En este sentido también afirmó que “es la verdad lo que buscábamos y se obtuvo. Ahora sí Nicolás Arévalo descansa en paz, mientras seguimos la lucha para que no haya ni un agroquímico más en ningún lado”.

Falta de normativas

Argentina carece de leyes que regulen exclusivamente el uso de químicos y tampoco existe una normativa específica que se refiera a las consecuencias generadas por estos productos.

La normativa más clara en relación a estos productos es la ley 27.279 que sólo se aboca a regular el destino de los envases y contenedores de químicos.

En tanto, otras leyes, regulan el control de la fabricación, la concentración de los agrotóxicos, como también la prohibición de ciertos tipos de químicos.

La mayor parte de las normativas relacionadas con el uso de estas sustancias son reglamentaciones y disposiciones del Poder Ejecutivo que opera a través del Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa).

El sistema legal además otorga a las provincias la facultad de reglamentar la utilización de plaguicidas y fertilizantes en las plantaciones.

Pero normativas que sancionan las consecuencias negativas del uso de agrotóxicos fijan multas a los transgresores y, en casos de daños o muertes se aplica el Código Penal.

En la provincia de Corrientes también son escasas las leyes. La 4.495 regula el expendio de sustancias tóxicas y que fue derogada por la ley 5.300.

Fallo histórico

La sentencia en la que se condenó al productor de hortalizas es histórica porque a partir de ella quedó expuesta la falta de normas en la provincia de Corrientes para regular la utilización de químicos.

La importancia radica en que desde el departamento de Goya hasta San Luis del Palmar se halla una de las zonas de producción hortícola más importantes del país, siendo la ciudad de la ciudad de Santa Lucía (cuenca productora del Río Santa Lucía) la que concentra mayor cantidad de productores.

Es en esta área donde se encuentra la localidad de Lavalle, donde se generó la causa Arévalo.

En este caso, el Tribunal Oral de la ciudad correntina de Goya condenó a tres años de prisión a un productor agropecuario Ricardo Nicolás Prieto.

Fue hallado responsable de la muerte del niño Nicolás Arévalo, de 4 años de edad, quien murió el 4 de abril de 2011 en la localidad correntina de Lavalle, corazón de la cuenca hortícola de la provincia y donde operarios al servicio del productor imputado fumigaron una plantación de tomate.

Como consecuencia del contacto con los agroquímicos, tanto Nicolás Arévalo como su prima, Celeste Estévez de cinco años, sufrieron intoxicaciones severas.

El Tribunal Oral Penal de Goya, conformado por Jorge Carbone, como presidente y Joaquín Sebastián Romero y Darío Ortiz, como vocales, cumplió con el segundo juicio que se ordenó por el caso, bajo la carátula de homicidio culposo y lesiones culposas en concurso ideal.

La sentencia es a tres años de prisión condicional y se le impuso a Prieto la obligación de realizar estudios o prácticas profesionalizantes de capacitación en el uso de agrotóxicos, para la realización de su producción habitual, en un organismo público o privado.

El condenado debe acreditar ante el tribunal de Goya el inicio del curso, modalidad y finalización, en el término de tres meses, bajo posibilidad de revocarse la prisión condicional si no cumple.

Asimismo, lo resuelto se debe notificar al Juzgado Civil y Comercial N°1 de Goya, al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible de la Nación y al Ministerio de Producción de Corrientes.

El hecho ocurrió el 30 de marzo de 2011 en una finca ubicada en Puerto Viejo, Lavalle, a cargo de Prieto y dedicada a la producción de tomates y hortalizas.

Personal a cargo del imputado fumigó un tendalero de tomates con las cortinas plásticas abiertas, sin supervisión, generando el escape de gases tóxicos que fueron inhalados por los niños víctimas de lo que el tribunal consideró una “conducta negligente”.

La fumigación se había realizado con productos plaguicidas organoclorados denominados alfa endosulfan que causaron en la niña de 5 años “lesiones de carácter gravísimas” y en el niño un “edema agudo de pulmón”, que causó su muerte cuatro días después.

Este es el segundo juicio que se realiza por este caso, ya que en 2016 un tribunal de Goya, con jurisdicción sobre Lavalle, absolvió al productor, por lo cual la querella y la fiscalía a cargo de Guillermo Barry decidieron casar la sentencia, con resultado favorable por parte del Superior Tribunal de Justicia de la Provincia, que en 2018 ordenó la realización de otro debate con un tribunal de distinta conformación.

Los fundamentos de la sentencia se leerán el 1 de febrero de 2021 a las 12.

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