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Ebrio chocó y mató: Quedará libre porque los jueces responsabilizaron a la víctima

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Carlos Almada, cuando se realizó el test de alcoholemia.

El Superior Tribunal de Justicia de Corrientes dejó firme un polémico fallo en el que un automovilista que manejaba ebrio y a elevada velocidad no irá preso por haber matado a un peatón, debido a que los jueces culparon del siniestro a la víctima.

Los magistrados validaron el fallo en el que al conductor de lo condenó a tres años de detención en suspenso.

La sentencia se sostuvo en que, para los jueces, la víctima tuvo la culpa de haber sido embestido por el vehículo porque cruzó sin mirar.

El hecho ocurrió el 1 de mayo de 2015. Ese día, a las 6, el prefecturiano Juan Alberto “Yeye” Fernández Esquivel, de 24 años, se levantó, tomó unos mates y salió de la casa de sus abuelos para ir hasta un cajero automático a buscar dinero en efectivo.

Metros antes de llegar, en la esquina de la calle Las Piedras y avenida Independencia, fue embestido por un automóvil Ford Focus que circulaba a elevada velocidad, según testigos.

El golpe le causó la muerte en forma instantánea. Era la hora 06.15.

Tras el siniestro el conductor, Carlos Almada, aceleró y escapó. Unos transeúntes pidieron la asistencia de una ambulancia y avisaron a la Policía de lo que había ocurrido.

Minutos después, Almada se acercó al lugar del choque y acompañado de su madre. En la ocasión, se acercaron los agentes de la Dirección de Tránsito y le realizaron un test por el que se determinó que conducía ebrio. Tenía 0,76 gramos de etanol por litro de sangre.

Fue procesado por la jueza Josefina González Cabañas, quien, al cumplirse 30 días de la detención, solicitó el abono de una fianza de $100.000 y liberó a Almada en junio.

Tribunal Penal Oral 1 de Corrientes. Raúl Guerín, Cinthya Godoy Prats y Ana Figueredo.

El imputado llegó libre al juicio celebrado, el 26 de septiembre de 2017.

En la audiencia, la querella y la fiscalía pidieron que se castigue a Almada a la pena de 12 años de detención.

Pero, en el fallo los jueces Raúl Guerín, Cinthya Godoy Prats y Ana Figueredo, condenaron a Carlos Almada a tres años de detención en suspenso y cinco años de inhabilitación para conducir vehículos.

Los jueces fijaron la sentencia al hallarlo responsable de “homicidio culposo en accidente de tránsito”.

Para omitir la circunstancia de “dolo eventual” los magistrados del Tribunal echaron la culpa sobre la víctima porque no había cruzado por la senda peatonal.

Pero, indicaron: “Queda claro que aunque hubiera algún grado de imprudencia en la víctima al cruzar por una zona no autorizada, esa circunstancia por si sola no ha sido la causa determinante de la colisión, siendo que al no haber en materia penal compensación de culpas, se infiere sin dificultad de que el imputado debe responder penalmente por el hecho de la causa”.

Consideraron que, si bien Almada conducía ebrio, y a elevada velocidad, no tenía antecedentes penales.

Y, respecto al abandono de la víctima, asumieron que “entró en shock, y no detuvo la marcha en forma inmediata sino que dio una semi-vuelta a la manzana del lugar del accidente, estacionó el vehículo y se fue corriendo hasta la casa de su padre buscando ayuda”.

Pero de igual forma la defensa llevó la causa hasta la Corte provincial para pedir la absolución del conductor.

En el mismo acto, la querella y la fiscalía habían solicitado que se agrave la figura penal y se revea la sentencia.

Pero, los jueces validaron los argumentos de la defensa al considerar que el test de alcoholemia se realizó compulsivamente y que no había concordancia entre los datos de los informes.

Con respecto al exceso de velocidad, los defensores afirmaron que el informe efectuado en el momento inmediato al siniestro, elaborado por la policía sostenía que no resultaba posible determinar la velocidad mínima a la que circulaba el automotor. Uno posterior si lo hizo.

Argumentaron que al existir discrepancia, hay duda sobre si hubo o no exceso de velocidad. 

El máximo órgano de justicia provincial trató el caso en una audiencia por medios vituales. Estas reuniones  se llevan adelante una vez por semana y,  según estiman los funcionarios “garantizan celeridad, inmediatez, transparencia, eficacia y eficiencia en los procesos”.

En esta participaron desde el Salón de Acuerdos, presidiendo el debate el doctor Luis Eduardo Rey Vázquez y los ministros, doctores Eduardo Panseri, Fernando Augusto Niz, Guillermo Horacio Semhan y Alejandro Alberto Chain.

El fiscal adjunto, doctor Jorge Omar Semhan, el querellante y la defensa particular participaron a través de la plataforma Cisco Webex Meetings (en forma remota) en cumplimiento a las medidas de aislamiento dispuesta en el marco de la pandemia por COVID-19.

Doble golpe

Los padres de Juan Alberto Fernández Esquivel están destrozados.

Juan, un enfermero de vocación, y Sandra Esquivel, docente; aguardaban esperanzados que la Corte provincial al menos establezca la prisión de cumplimiento efectivo al hombre que, ebrio, mató a su hijo.

“Quiero que la gente sepa que hay un asesino suelto en la Capital de Corrientes y puede volver a matar a alguien”, sostuvo Fernández.

En efecto, al cumplirse en mayo de 2020, cinco años del siniestro, Almada puede volver a conducir.

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